torostarifa.blogspot.com

domingo, 27 de abril de 2008

Seguidamente en unos capítulos, voy a exponerles el trabajo de Investigación taurina sobre la Presidencia de las Corridas de Toros que presenté en su día al Premio Literario Taurino Dr. Zúmel. Al no ganar, como estaba previsto de antemano, y ser requerida la devolución del trabajo, de manera reiterativa, ni se dignaron contestar.
Cuan dista este proceder de la personalidad de D. Mariano Fernández Zúmel.
Pero hoy ustedes van a tener la oportunidad de conocer la evolución de esta Presidencia, única en funciones.
¡Va por ustedes!

LA PRESIDENCIA EN LAS CORRIDAS DE TOROS: ORIGEN, ACTUALIDAD Y FUTURO.(I).

Por LUIS ALONSO HERNÁNDEZ. Veterinario y escritor.

EL ORIGEN DE LA PRESIDENCIA.

Para el estudio de la figura del PRESIDENTE de la corrida de toros, hemos de buscar el origen de esta y, ante la imprecisión de datos al respecto debido posiblemente a que los historiadores de entonces, impregnados por los perjuicios de los "ilustrados", nunca se preocuparon del tema taurino, voy a seguir las palabras pronunciadas por D. José Ortega y Gasset:
"Es en estos últimos años del siglo XVIII en que, según mi idea, el pueblo español se decide a vivir de su propia sustancia, cuando por primera vez nos tropezamos con alguna frecuencia en escritos y documentos con el vocablo torero aplicado a ciertos hombres plebeyos que en bandas de un profesionalismo todavía tenue recorren villas y aldeas"
Y estos hombres a deducir por sus apellidos: Leguregui, Apellaniz, Apiñani eran del Norte de España y más concretamente de Navarra que por este motivo fue considerada como la cuna de los primeros toreadores.
Si bien, el marqués de Tablantes no está de acuerdo con esta teoría al presentar en el año 1773 el libro con las cuentas de la Maestranza pagadas por la contratación de un torero a pie que se llamaba Miguel Canelo.
Pero independiente de quien posea dicha titularidad, lo verdaderamente cierto es que el toreo que practicaban era distinto al que vemos en la actualidad porque, el elemento toro al que se enfrentaban era muy diferente al actual, al no haber sido presa de las "selecciones" encaminadas a quitarle vivacidad, movilidad y nerviosismo. Eran aquellos toros de casta navarra: pequeños, "cortitos" (por recortados), todo nervio y rapidez que, cómo los "garbanzos negros y duros" solían atragantárseles a los lidiadores de antes que, por aquel entonces no podían hacer otro tipo de toreo que el denominado de "apariciones y desapariciones" que no es otra cosa que el basado en quiebros y recortes que era lo que únicamente consentían aquellos animales fieros, de embestida feroz y reiterativa hasta los mismos callejones de las plazas a los que se precipitaban en su afán de persecución a los lidiadores.
Parece que todos los que se dedicaban a relacionar lo "noticiable" se hubieran puesto de acuerdo para eludir los temas que tenían algo que ver con lo taurino.
No obstante hay un autor el doctor Luis del Campo que hizo sus "pinitos" en este tipo de investigación y hurgó en los Archivos Municipales de Pamplona recopilando datos relativos al siglo XVII, concretamente a los años 1598-1599, que fue precisamente cuando el Ayuntamiento de Pamplona que celebraba anualmente una corrida de toros, modificó la cláusula basada en el documento de la ciudad de Vitigudino de 11 de octubre de 1555 por el que:
"se obligaba a los carniceros a dar buenos toros para correr y matar a contento del Concejo"
y corrió el propio Ayuntamiento con la compra de los astados para lo que fue encargado uno de los regidores que había de:
"proporcionar toros de cuatro a cinco años, de buen cuerpo y talla y que no se hubieren corrido en parte alguna por dinero, y sean de los que más nombre de bravo y valiente tienen en la ribera de Navarra, a la parte de ciudad de Tudela y su tierra"
Toros que eran pagados con el dinero que debería proporcionar el carnicero. Toros que alguna que otra vez, debido a las "pegas" que ponían los ganaderos navarros para vender sus toros jóvenes y posibles sementales, eran comprados (a partir del año 1613) en tierras de Castilla y que motivó que el virrey de Navarra (como representante del rey en ese reino autónomo) hubiera de expedir una cédula de tanteo que paliara las dificultades de compra por las que pasaban los regidores.
Toros que eran corridos, pero no estoqueados en la plaza hasta el año 1680. Los mismos que, tras su muerte, eran enterrados por los vecinos del municipio donde se mataban, ya que la carne no era dada apta para el consumo.
Ya tenemos más o menos enmarcada la corrida de toros como tal. Ahora, hemos de tratar de encontrar el ORIGEN DE LA PRESIDENCIA DE LA CORRIDA DE TOROS, y para ello seguiré a Albarellos en el relato que hace de las corridas celebradas en la ciudad de Burgos los días 3, 4 y 5 de julio del año 1736 con motivo de la inauguración de la capilla dedicada a Santa Tecla en la Catedral burgalesa.
Corridas que eran una mezcla de; toreo a caballo realizado por nobles caballeros, y jugueteo con los toros por parte de "elementos" que eran una mezcla de actores y burladores de toros quienes, representaban una farsa de inspiración culta.
Los espectáculos, solían celebrarse en la Plaza Mayor con asistencia del Cabildo catedralicio en lugar asignado al efecto. Los organizaba el Ayuntamiento y para esta ocasión adquirió cuarenta y ocho toros procedentes de los siguientes lugares y cuantía: diez y seis de Portillo, doce de Salamanca, doce de Egea de Navarra y ocho de Pedrosa.
Narra Albarellos que el día 3 se representó en la plaza, la fábula antigua titulada "Los amores de Hércules y Onfalia, reina de Lidia", cuyo papel principal de Hércules lo representó el famoso rejoneador don Joseph Rodríguez de la Mora que rejoneó un toro que posteriormente fue capeado y muerto a estoque por las cuadrillas.
El espectáculo del día 4, en que tanto por la mañana como por la tarde se lidiaron toros navarros, actuaron por la mañana, tras hacer el despejo de plaza una compañía de granaderos, los varilargueros don Juan y don Pedro Marchante que tras representar los papeles de Cástor y Polux actuaron con sus varas de detener demostrando su habilidad. Por la tarde se representó una mojiganga por parte de toreros de a pie que Albarellos narra así:
"Sobre una carroza que figuraba una tortuga, aparecieron cuatro toreros vestidos de damas que eran Manuel "el Vidriero", Luis "Peroles", Blas "el Cantero" y Manuel "el Vizcaíno" acompañados por los galanes Manuel Arroyo, Alejandro "el Mulato", Martín "el de Egea" y Manuel "el Valenciano" llamado "boca sin dientes". Sobre un estrado construido al efecto en medio de la plaza, se aposentaron las "damas" y los "galanes" y cuando salía el toro, las "damas" abandonaban sus almohadas y despojándose de los mantillos tomaban las garrochas y banderillas y a lidiar como se hacía entonces...Y en un momento determinado el CORREGIDOR QUE ERA EL PRESIDENTE DEL FESTEJO, tocaba a desjarrete"
Ya tenemos el primer presidente de corrida, el origen de los presidentes, que estaba representado en la persona del CORREGIDOR que es el funcionario real que desempeñaba funciones judiciales y gubernativas.
Y en medio de un gran auge, el Corregidor sigue presidiendo las corridas celebradas.
Pero surge de pronto la polémica en el sentido de tratar de prohibir la celebración de las corridas aduciendo que para las labores del campo eran mejores los bueyes que las mulas, lo que llevó a que con fecha 10 de mayo de 1754 se ordenara que no podían celebrarse fiestas de toros en ninguna parte de España sin licencia del Señor Presidente del Consejo.
Fue una prohibición que los juristas conocen con el nombre de prohibición bajo reserva de autorización, ya que quien está interesado en levantar la prohibición se moverá en este sentido hasta conseguirlo con cierta facilidad, como ocurrió con la Junta de Hospitales de Madrid que, aduciendo labores humanitarias, logró un privilegio concedido por el monarca Fernando VI, o este otro de la ciudad de El Puerto de Santa María que con fecha 4 de diciembre de 1768, logra la concesión anual de diez corridas de toros para subvenir las necesidades del Hospital de Mujeres de la Providencia. Si bien lo único que se exigía era que los "festejos se celebren en día de fiesta para que los labradores no desatiendan sus labores agrícolas".
En el año 1768 aparece el Conde de Aranda que fue el enemigo más encarnizado que ha tenido la fiesta de los toros. Este noble personaje, en su afán de acabar con esa fiesta, pidió a todos los Intendentes Regionales, que dieran al Consejo de Castilla relación de las vacadas, haciendo constar el número de toros de muerte, así como nota de las fiestas de toros que fuera costumbre celebrar en sus regiones.
Pero le engañaron descaradamente como lo demuestra el caso del Intendente de Granada bajo cuya jurisdicción se encontraban las 4.440 vacas de vientre que había en el término de Ronda, y que dieron siete toros siete, como diría un cartel de toros, para lidiar en la Corrida del Corpus de Granada, al tiempo que informaba de que en Ronda no se daban corridas de toros.
A su teoría de que la muerte de toros en las corridas perjudicaba la economía del país, le salió un "respondón" que no fue otro que el consejero don Francisco Mata Linares, quien argumentó lo contrario e hizo que se paralizara momentáneamente el intento del Conde. No obstante el rey, a la sazón Carlos III, pidió información al Presidente del Consejo de Indias que era Peñas Albas, quien introdujo un nuevo argumento: la "preocupación por la opinión de los extranjeros sobre la cruenta fiesta de los toros". Argumento que pesó sobre la decisión del monarca por prohibir las corridas de toros en la pragmática-sanción de 9 de noviembre de 1785, que por incumplimiento masivo hubo de reiterarse por reales órdenes de 7 de diciembre de 1786 y 30 de septiembre de 1787.
Lo cierto es que no había reglamento taurino porque la política oficial no se atreve a enfrentarse a la respuesta popular a favor de los espectáculos con toros.
Pero aparece la Tauromaquia de Pepe-Hillo que codifica las reglas de la preceptiva taurina y asegura la secuencia regular del espectáculo.
Y surge también una forma de arrendamiento de las plazas para celebrar espectáculos taurinos durante los días 31 de mayo y 2 de junio de 1738 en la plaza de Sevilla que don José María Cossío considera como el precedente de los reglamentos.
El punto más importante, es el referente al orden público ya que en la lidia de toros había un verdadero desastre que se trató de arreglar mediante una orden de 24 de junio de 1659 que se encuentra en el Archivo Municipal de Madrid.
Un siglo más tarde el rey Carlos III ordena al Consejo de Castilla que confeccione unas ordenanzas cuyas prevenciones se recogen en los carteles de la época, uno de los cuales, correspondiente al año 1804, dice así:
"Sólo habrá seis perros a la orden y disposición del magistrado que presida....."
Como vemos presidían los MAGISTRADOS, la autoridad gubernativa, el CORREGIDOR o su DELEGADO que no sólo tienen funciones de policía general sino también de director y árbitro del desarrollo del espectáculo.
Presidía pues el CORREGIDOR que era auxiliado, mediante orden cursada al Comandante de la plaza, por tropa de caballería e infantería.
D. José María de Cossío encontró en el Archivo Municipal de Madrid, las reglas por las que se regía la corrida de toros en las que hay un punto que dice:
"La Presidencia y mando de la plaza siempre ha sido peculiar y privativo de los señores CORREGIDORES, como es público y notorio"
Y también hay otro punto en el que se dice que:
"En las funciones a la que asistía el rey Carlos III quien; daba la orden de empezar el festejo, tiraba la llave para salir el toro de la plaza, así como para echar banderillas y matar, etcétera, era el CABALLERIZO MAYOR".
Cuando Fernando VII funda la Escuela de Tauromaquia de Sevilla por Real Orden de 28 de marzo de 1830, a instancias del proyecto del conde de la Estrella, debido a la categoría profesional de los maestros que pone en la dirección (José Cándido y Pedro Romero) y con la "colaboración especial" del maestro Francisco Montes "Paquiro", van puliéndose tanto el desorden como el tumulto que hay en la fiesta de los toros, con lo que el espectáculo va regularizándose no sólo en el comportamiento de las reses y en la técnica de los lidiadores, sino incluso en la propia autoridad que preside. Siendo por esta evolución observada por lo que Cossío dice que:
"La Tauromaquia de Montes se ha de considerar como la base de la reglamentación taurina de nuestros días".
Esta Tauromaquia, en su tercera parte hace alusión, además de a muchos aspectos de la fiesta, a la PRESIDENCIA de las corridas y a la intervención de ésta en el desarrollo de la lidia. Presidencia que ha de ser asesorada por el llamado "fiel de las corridas".
Hay en esta Tauromaquia, una especie de fusión entre el orden público y aspectos técnicos que no tienen parangón posible con ningún espectáculo, ya que es la corrida de toros el único espectáculo que cuenta con un Presidente en funciones.
En la tercera década del siglo XIX, las corridas de toros han alcanzado madurez. Se dan por encima de todo a pesar de la oposición por parte de los "padres de la Ilustración" que incluso han adquirido más representatividad en las esferas gubernamentales, pero es que la Fiesta de los toros ha arraigado también, con gran fuerza, en el pueblo. De ahí que aunque no permitida haya que tolerarla. Hay al respecto una instrucción de 30 de noviembre de 1833, dada por el entonces Ministro de Fomento, que era don Javier de Burgos, que recomienda a sus subordinados que:
"no apoyen a la fiesta de los toros pero que la toleren siempre que se celebre en ciudades considerables y en días festivos"
Y estos subordinados son los jefes políticos, futuros gobernadores civiles que son los que, como herederos de los corregidores serían los encargados de:
“Dar o negar permiso para las funciones y reuniones públicas que hayan de verificarse en el punto de su residencia y PRESIDIR estos actos cuando lo estimen conveniente"
Se deduce que eran quienes presidirían las corridas en esos tiempos. Si bien muchos de ellos delegarían en sus subordinados que no eran otros que los jefes de policía.
Y esta presidencia tendría por finalidad hacer cumplir una normativa que estaría encuadrada en un Reglamento cuyo primer esbozo del mismo se debe a don Melchor Ordóñez que desempeñaba el puesto de Jefe Político de Málaga y que vio la luz, en esa capital andaluza, en la fecha de 1 de junio de 1847.
Si bien más que un verdadero Reglamento, en realidad se trataba de una autorización para celebrar unos festejos concretos en la que se explaya en unas consideraciones relacionadas; con la conservación del orden público, con los derechos de los espectadores, con la perfecta ejecución de las suertes y con la edad de los toros.
Tres años después, aparece otro reglamento en Pamplona de la mano de don Luis del Campo que prácticamente tiene los mismos puntos del de don Melchor solo que corregidos y aumentados, si bien faltan las prevenciones a los picadores.
Con posterioridad, cuando don Melchor es destinado a Madrid allá por el año 1852, confecciona el primer reglamento propiamente dicho, que es el reglamento de la Plaza de Madrid. A este siguen otros como el reglamento de la plaza de Sevilla del año 1858 y el de la plaza de El Puerto de Santa María que data del año 1861.
Y estos reglamentos se van perfeccionando a finales del siglo XIX, sobre todo a raíz de los triunfos de la pareja Rafael Molina "Lagartijo" y Salvador Sánchez "Frascuelo" que convulsionan la Nación con sus partidismos, como lo afirma Martínez Alfonso cuando dice:
"Se era "frascuelista" o "lagartijista", cómo se podía haber sido "carlista" o "liberal"
Ante esta división de opiniones es lógico que los reglamentos se hagan más amplios como ocurre concretamente con el de la plaza de Madrid aprobado por el gobernador civil, que era el conde de Heredia Spínola, el 14 de febrero de 1880 en que, con un contenido de 106 artículos, se nombra específicamente al Presidente del espectáculo al decir, en sus artículos 17 y 18:
"El gobernador civil delegará la presidencia en un delegado especial quien presenciará el reconocimiento de las reses por parte de dos subdelegados de la Escuela de Veterinaria y en presencia de un representante de la empresa y ganadero".
Y estos reglamentos se van engrosando con normas dictadas por autoridades ministeriales con el fin de hacer un Reglamento Nacional, de entre las cuales destacan por su interés:
- La Ley de Ayuntamientos de 5 de julio de 1856 en su artículo 26.
- La Ley de 25 de septiembre de 1863 en su artículo 11.
- El Real Decreto de 21 de octubre de 1866 en su artículo 11.
- La Ley Orgánica Provincial de 21 de octubre de 1868 en su artículo 82.
- El artículo 25 de la Ley Provincial de 29 de agosto de 1882.
Y como es muy posible que se hagan la pregunta:
¿Por qué se daban estas órdenes circulares? Se la voy a responder:
Sencillamente, porque había un marco legal por el que se regiría la Fiesta de los toros, que por otro lado estaba prohibida en realidad ya que no estaban derogadas las iniciales prohibiciones de Carlos III y Carlos IV y hasta finales del siglo XIX no se hace pronunciamiento en este sentido. Pronunciamiento que surgió como consecuencia de la concesión de un permiso para la construcción de una nueva plaza de toros en la ciudad de Valladolid. En esta ciudad se produce un recurso contencioso-administrativo promovido por D. Manuel López, Presidente de la Junta de la Casa de Beneficencia de Valladolid y de don José de la Cuesta propietario de la plaza de toros de dicha ciudad contra la autorización otorgada por el gobernador civil de la provincia al Ayuntamiento de Valladolid, para construir una nueva plaza de toros y contra la resolución del Ministro de la Gobernación por confirmarla.
El recurso se apoyaba en el privilegio otorgado en 1828 al dueño de la plaza antigua para que fuera el único que podía dar corridas de toros en Valladolid a cambio de destinar una parte de sus ingresos a Beneficencia. El recurso fue desestimado y sentó jurisprudencia en el sentido de que:
"las viejas disposiciones han de ser derogadas"
Los gobernantes se movían en el "filo de la navaja" por eso daban disposiciones que a veces eran contradictorias.
¿Cómo estaba el panorama parlamentario?
Pues más menos así:
Cuando muere José Rodríguez Rodríguez, "Pepete", el diputado don Salustiano de Olózaga alzó su voz en el Parlamento en contra de las corridas de toros. Dos años después otro parlamentario, el diputado Garrido solicita de las Cortes la suspensión de las corridas de toros.
Una grave cornada sufrida por "Frascuelo" recrudece la cuestión y el día 19 de diciembre de 1876 el Marqués de San Carlos presenta una ponencia en las Cortes contra las corridas de toros que le había dirigido la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Cádiz. Pero no la presenta formalmente hasta la nueva legislatura, es decir con fecha 1 de junio de 1877 en unión de otros firmantes entre los que se encontraban: don Antonio M. Fabre, don Alejandro Pidal y Mon, don Carlos M. Perier y don Francisco de Paula Candau. Esta proposición de ley contenía los dos puntos siguientes:
1.-Queda prohibida la construcción de nuevas plazas de toros, así como la reedificación de las que en la actualidad se encuentren derruidas.
2.-El Gobierno adoptará las medidas que crea convenientes para la supresión, dentro de un plazo prudencial, de las corridas de toros de muerte.
El debate se desarrolló el día 9 de junio y el marqués hubo de batirse en retirada ante la oposición por parte del resto de parlamentarios.
Posteriormente Oliván, presenta una proposición de ley que abarca ya a todo tipo de diversiones y festejos populares relacionados con el toro. Da una serie de normas que sirvan de transición a la desaparición; en el plazo de tres años, de la suerte de varas y, en el de cinco años, de la suerte suprema en la corrida de toros.
Los dos últimos artículos están minuciosamente estudiados para acabar con la fiesta de los toros pues, el penúltimo trata de desligar a la Administración de la Fiesta, al asignar a los alcaldes la facultad de dar o negar el permiso de celebración de espectáculos taurinos. Y el último artículo, limita la actuación administrativa en corridas, a la función de policía ya que deja en manos de las empresas particulares su organización y así de esta manera deducía el parlamentario que sería más fácil el ataque que cuando se hacía contra instituciones benéficas y corporaciones locales. En esta ocasión, salvó a la fiesta la intervención del Conde de Toreno, que era el Ministro de Fomento, al pedir al Congreso que no tomara en consideración la propuesta de Olivan.
Y con esta salvación surgieron las voces de los que estaban a favor de la Fiesta, quienes hicieron una proposición al Senado, en la legislatura de 1879 a 1880 en la voz del Marqués de Santa Ana, para que se crearan dos escuelas de tauromaquia en Madrid y en Sevilla que se iban a sufragar con el 1% del precio de las entradas de todas las plazas de España, del de los toros y de los honorarios de los matadores.
Pero no prosperaron ninguna de las proposiciones de ninguno de los dos marqueses (San Carlos y Santa Ana) porque era precisamente lo que la política deseaba.
Más tarde cuando el día 27 de mayo de 1894 muere en Madrid el diestro Manuel García "Espartero", reviven los intentos abolicionistas de la Fiesta, en los que intervienen verdaderos "pesos pesados" de la política tales como: don Tiberio Ávila, don Nicolás Salmerón, don Francisco Pi y Margall, don Matías Barrio y Mier, don Manuel Pedregal, don Gumersindo de Azcárate y don Fernando Soldevilla, quienes apoyaban su tesis en el derramamiento de sangre, lesión o muerte de personas y animales en estos espectáculos, al tiempo que tratan de salvaguardar el buen nombre de las autoridades ya que los presidentes de las corridas:
"pueden ser blanco de las injurias más graves y los dictados más soeces proferidos al amparo de la impunidad que ha sancionado la costumbre"
Pero afortunadamente para los aficionados, la proposición no prosperó.
¿ En qué quedó todo esto? Pues hacia dos objetivos:
1.-La prohibición de celebración de los espectáculos en domingo.
2.-La "humanización" de la Fiesta.
El primer punto, cuando se trató de llevar a efecto con motivo del cumplimiento de la ley de descanso dominical de 1903 en las corridas de toros, originó un mitin en el Retiro madrileño encabezado por Canalejas y el conde de Romanones.
Pero el segundo punto sí prosperó en los tiempos de la dictadura de Primo de Rivera, con ocasión de la celebración en España de un Congreso Internacional de Sociedades Protectoras de Animales en el año 1917, que hizo la propuesta de la supresión de la suerte de varas. Punto que no se consiguió, pero sí la introducción del peto protector de los caballos.

No hay comentarios: